Requisitos para Venta de Pirotecnia
En consonancia con el cumplimiento de Normas Legales Nacionales, Provinciales y Municipales la Dirección de Industria, Comercio, Higiene, Bromatología y Veterinaria de la Municipalidad de Rivadavia informa a todos los interesados en comercializar productos pirotécnicos que deberán obtener previo a la adquisición y venta de pirotecnia la habilitación municipal correspondiente, en la que conste la verificación de las adecuadas medidas de seguridad ; además de la autorización del Registro Provincial de Armas (REPAR) . Las mismas podrán realizarse hasta el 11 de diciembre del corriente año.
Los locales que no cumplan con las reglas de acopio y comercialización de fuegos artificiales serán sancionados con multas que oscilan entre los $2.000 y $10.000, el secuestro de la mercadería y en algunos casos la clausura del local.
Indicaciones generales para prevenir accidentes:
Para manipular y comercializar la pirotecnia se debe contar con un depósito para tal material.
La mercadería debe estar situada a más de 100 metros de expendios de combustibles.
El local debe ser fabricado de cemento o metal, evitando la madera tanto en techos como en paredes.
Contactos
Dirección de Industria, Comercio, Higiene, Bromatología y Veterinaria de la Municipalidad de Rivadavia. Subsuelo Edificio Central de la Municipalidad de Rivadavia (Lavalle y Aristóbulo del valle). De lunes a Viernes, de 7 a 12.30 hs. Teléfono: 444545. Interno 270
Fuente: Prensa y Difusión Municipalidad de Rivadavia.-